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El profesor de Derecho Juan José Guardia analiza la nueva ley de protección de menores en línea y el debate con la industria tecnológica
El experto en Derecho Administrativo de la UIC Barcelona ha publicado un artículo en The Conversation en el que reflexiona sobre los retos que plantea el proyecto de Ley Orgánica de protección de menores en el entorno digital, actualmente en trámite parlamentario
El profesor de la Facultad de Derecho, Juan José Guardia, ha publicado recientemente su último artículo en The Conversation, titulado “La nueva ley de protección de menores online choca con la industria tecnológica”. En el texto, el jurista explica que la propuesta del Gobierno español responde a una preocupación creciente por el uso temprano de los dispositivos electrónicos y la exposición de los menores a contenidos nocivos, como la violencia, los retos peligrosos o la pornografía. Entre las medidas más destacadas del artículo, el doctor Guardia subraya tres aspectos principales: la obligación de informar sobre los riesgos, la incorporación por defecto del control parental y la prohibición de las “cajas botín” en los videojuegos dirigidos a menores, ya que se asemejan a los juegos de azar.
Sin embargo, el profesor recoge las objeciones planteadas por la patronal tecnológica AMETIC, que advierte que estas exigencias podrían fragmentar el mercado europeo e incrementar los costes de producción. La asociación propone limitar la ley a los teléfonos móviles, sustituir el etiquetado físico por información digital y dejar en manos de los progenitores la activación del control parental.
El doctor Guardia reconoce que algunas de estas observaciones son razonables —como la necesidad de armonizar los estándares europeos o evitar una hiperregulación poco eficaz—, pero defiende que la protección de los menores requiere unas medidas mínimas comunes. En este sentido, apela al principio de precaución, que permite a los poderes públicos actuar de forma preventiva ante riesgos plausibles, incluso si no existe un consenso científico absoluto. Añade, además, que también debería pensarse en mecanismos para indemnizar a las empresas del sector en caso de que las nuevas obligaciones impliquen costes o perjuicios desproporcionados.
El artículo concluye que establecer obligaciones básicas como la información visible, el control parental activado o la verificación de la edad no frena la innovación, sino que la orienta al bien común. “Prevenir el daño no es paternalismo, sino sensatez al servicio de la dignidad humana y de la protección de los menores”, concluye el profesor.